SANTO DOMINGO.- El órgano rector de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas evade cumplir esa legislación que establece con claridad en los artículos 11, 14, 65 y 66 que la empresa que incurre en prácticas ilícitas como el soborno y que posea directivos condenados por corrupción, sus contratos deben ser rescindidos y ella inhabilitada a perpetuidad como contratista del Estado dominicano. 
Odebrecht admitió ante la Corte de justicia del Condado del estado de Nueva York, ante autoridades judiciales de EUA, Suiza y Brasil que pagó 92 millones de dólares de sobornos a funcionarios públicos en la República Dominicana para obtener los contratos adjudicados entre los años 2001 y 2014. 
La resolución 08-2017 de la Dirección General de Contrataciones Públicas es sobre otra ley y no sobre la suya que es la Ley 340-06, con lo que evade la aplicación de ésta última y por tanto, deja abierta la continuación de los contratos de Odebrecht y a que posteriormente esta empresa prosiga siendo contratista, oferente o proveedora del Estado. 
El Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático, CNLCC exige que la Dirección de Contrataciones Públicas y su directora, Yokasta Guzmán cumplan con la Ley 340-06, que es lo que esa organización le reclamó en carta entregada el 29 de diciembre pasado. 
Esta evasiva de que el órgano rector que, en vez de velar por la estricta aplicación de su ley, lo que hace es utilizar otra ley en materia penal para no aplicar el poder y los mecanismos que la Ley 340-06 le confiere para castigar el delito de corrupción sin depender ni supeditarse a un tribunal, abre las puertas de par en par para que la impunidad sea aún mayor frente al delito de corrupción.
Está claro con esta resolución número 08-2017 que Odebrecht está siendo protegida por las autoridades simulando que se le castiga. 
Si la Dirección de Contrataciones Pública aplicara la Ley 340-06, en este momento todos los contratos, incluido en primer lugar el de Punta Catalina, estarían cancelados y Odebrecht inhabilitada para siempre, a perpetuidad, como contratista del Estado dominicano. Es precisamente de ese mandato de la Ley 340-06 que se está protegiendo a Odebrecht y a sus contratos, especialmente el de Punta Catalina.
El Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático, CNLCC emplaza a la directora de la dirección de Contrataciones Públicas a que cumpla la Ley 340-06 que es la que rige en primer lugar para ese entidad que es su órgano rector. 
Esta resolución 08-2017 profundiza el régimen de impunidad existente en el país y desconoce por completo la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas que cuenta con mecanismos expeditivos y eficaces para sancionar la corrupción. 
La constitución y las leyes establecen severos castigo para los funcionarios que evadan o se rehúsen a cumplir la ley y sus obligaciones. Le advertimos a Yokasta Guzmán que de no aplicar la Ley 340-06 será sometida a la justicia por no cumplir con su deber y como cómplice y encubridora de Odebrecht.

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